Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y de naturaleza personal que grava la renta obtenida por las personas jurídicas (sociedad, asociación, fundación, etc.) y otras entidades sin personalidad jurídica (fondo de inversión, UTE, fondo de pensiones, etc.). Es de aplicación en todo el territorio español.

Es de carácter directo, porque grava la renta como manifestación directa de la capacidad económica del sujeto pasivo, y, es personal, porque tiene en cuenta determinadas circunstancias particulares de cada contribuyente a la hora de concretar la cuantía de la prestación tributaria que está obligado a satisfacer.

El período impositivo, al cual se ha de referir la declaración del Impuesto sobre Sociedades, coincide con el ejercicio económico de cada entidad (que no tiene porque coincidir con el año natural).

La presentación de la declaración (Modelo 200 de la AEAT) deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Si éste coincide con el año natural, el plazo de presentación será hasta el 25 de Julio del ejercicio siguiente al que se declara. Además hay que hacer tres pagos a cuenta (Modelo 202 de la AEAT) antes del 20 de los meses de Abril, Octubre y Diciembre.

La renta neta ajustada conforme a las normas que regulan este impuesto conforma la Base Imponible y el tipo de gravamen general es el 30%. Entre las excepciones destacamos:

  • Las empresas de Reducida Dimensión (<10.000.000-€ de cifra de negocios) que tributan  al 25% para la parte de su base imponible inferior o igual a 300.000-€, por resto de base imponible tributan al tipo general (30%).
  • Las microempresas (<5.000.000-€ de cifra de negocios y <25 empleados) que tributan al 20% para la parte de su base imponible inferior o igual a 300.000-€, por resto de base imponible tributan al tipo general (25%).
  • Las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas que tributan al 20% para los resultados cooperativos.
  • Nuevo tipo impositivo para Sociedades de Nueva Creación.  El R.D.L. 4/2013 establece un nuevo tipo impositivo para las sociedades constituidas a partir de 01/01/2013 del 15% hasta 300.000-€ de beneficio y del 20% por el exceso.  Vér oferta a emprendedores.

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